martes, 27 de noviembre de 2018


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El transporte de mercancías se realiza a través de distintos medios. Uno de los más convenientes, en cuanto a tiempo y acceso, es el avión. Como en todas las modalidades de transporte, los costos de fletes aéreos se calculan en una cotización previa a la firma del contrato.

Es fundamental que los interesados en realizar los envíos, puedan entender los términos de ese documento. Este artículo tiene la intención de ser de ayuda para descifrar los conceptos más importantes que se incluyen en la cotización de un envío de carga.

Conceptos de pago y recargo básicos

Las cotizaciones de fletes aéreos incluyen todos los recargos que se pueden proveer, incluyendo el ICR y el fuel. Esta es la diferencia fundamental con las estimaciones para el transporte marítimo. Este modo de cálculo, permite ofrecer paquetes “todo incluido” a los clientes. Los conceptos básicos son los siguientes:

Flete

Este valor siempre se calcula usando el peso en kilogramos y se factura usando el peso tasable. En el caso del transporte aéreo de carga, siempre se evalúa el peso volumétrico y el peso bruto. Ambas son formas de tasar el precio de los envíos, pero usualmente un resultado es mayor que el otro. El peso tasable siempre será equivalente al valor que arroje el resultado más alto.

Además, en el transporte aéreo pueden existir tarifas diferidas, dependiendo del tipo de carga. Algunos ejemplos son: Mercancía valorable o vulnerable (VAL/VUN), mercancía peligrosa o Dangerous Goods (DG), la mercadería que debe viajar bajo control de temperatura o perishable (PER/Frozen), o la que es prioritaria, etc.

Combustible (Fuel) o fuel surcharge (FSC). Este es un recargo que se aplica para compensar las fluctuaciones del precio del combustible.

Insurance Risk Carge (IRC). Esta es la tasa que fija cada aeropuerto por materia de seguridad.

Banking Charge. Este recargo significa un 1% de los costos de fletes aéreos cotizados en cualquier moneda que no sean euros.

Estos cuatro criterios se miden a través del peso tasable

Ground Terminal Charges (GTC). Este es un recargo que se cobra por el servicio de asistencia en tierra al avión.

E2/G4. Este es un impuesto que grava el traslado de mercancías por instalaciones aeroportuarias.

Plan nacional de seguridad (PNS). Esta tasa equivale a importes diferentes, dependiendo, de si la carga es conocida o desconocida. Este concepto se cobra para cumplir con el Plan Nacional de Seguridad de Carga Aérea.

Manipulaciones aeroportuarias. Este concepto se aplica por la manipulación de las mercaderías en la terminal aérea.

Estos cuatro criterios son cobrados sobre el peso bruto

Air Waybill (AWB). Este es el costo de la emisión del Conocimiento de Embarque Aéreo. se hace un nuevo cobro por cada documento expedido.

Despacho de aduanas. Existen tres modalidades en esta oferta: por factura comercial, por envío y por AWB. Eso depende de la complejidad de la carga embarcada.

Seguro Responsabilidad Civil (SRC). Este cargo se aplica como consecuencia de una obligación del transitario. Se cotiza por expedición o AWB.

Recogida o entrega. Esta se calcula de acuerdo a su peso tasable, pero con la equivalencia del transporte terrestre. Cuando se manejan mercancías peligrosas, el costo sube en 25%.


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